Construcción de CiudadaníaHomeNoticiasPueblos OriginariosSin categoría

Un juez trató a la lengua del pueblo mapuce como un idioma extranjero

Héctor Ricardo D’agostino interviene en el juicio entre la comunidad mapuce Auka Wenu y la empresaria y funcionaria pública del municipio de Rincón de los Sauces, Alba Barros, que dice ser dueña de las tierras de la comunidad.

Este juez neuquino no permitió incorporar a la causa el estatuto de la comunidad porque dijo que estaba escrito «en idioma extranjero».

En declaraciones a la Radio Puelmapu, la werkén o vocera de la comunidad, Soledad Sánchez, expresó su indignación por esta y otras actitudes discriminatorias. «Este señor se da el lujo de tratar a nuestro idioma de extranjero, de mandar órdenes de desalojo, siempre somos avasallados por él, por la policía. No respetan nuestra cultura, nuestra región», denunció. «El idioma mapuzungun nació en esta tierra. El juez va a tener que ponerse a estudiar historia, a fijarse de dónde nacen nuestro idioma y nuestros derechos y que somos un pueblo pre existente», señaló Sánchez.

[reproductoraudio mp3=https://archive.org/download/JUEZCONSIDERAEXTRANJEROALIDIOMAMAPUCHESoledadSanchez01/JUEZ%20CONSIDERA%20EXTRANJERO%20AL%20IDIOMA%20MAPUCHE%20-%20Soledad%20S%c3%a1nchez%2001.mp3 ogg=https://archive.org/download/JUEZCONSIDERAEXTRANJEROALIDIOMAMAPUCHESoledadSanchez01/JUEZ%20CONSIDERA%20EXTRANJERO%20AL%20IDIOMA%20MAPUCHE%20-%20Soledad%20S%c3%a1nchez%2001.ogg]
Según explicó Sánchez, ellos mantienen un juicio de amparo con una funcionaria pública, del municipio de Rincón de los Sauces, por un intento de usurpación de las tierras de la comunidad, por lo que el juez que entiende en la causa negó la incorporación del Estatuto Comunitario alegando que contiene palabras en idioma extranjero.
Cabe recordar que la Constitución Nacional en su artículo N° 75 inciso 17 establece: «Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y  propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones».
El idioma del pueblo Mapuce es el Mapuzugun (Mapu: tierra, zugun: palabras) que se transmitía y transmite de manera oral de generación en generación. La comunidad Auka Wenu se encuentra a unos ocho kilómetros de la localidad de Rincón de los Sauces y está integrada por unas cien personas.

La Constitución Nacional obliga al estado a reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos y a garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Esto mismo está reconocido en la propia Constitución de la provincia de Neuquén.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Botón volver arriba