Reforma laboral reglamentada: “Es cómo si promocionaran el trabajo no registrado”
En declaraciones a la FM Chalet, criticó la figura del colaborador y la eliminación de las sanciones por tener trabajadores sin registrar. El ex diputado nacional aseguró que la reforma “perjudican al trabajador” ya que “es como si promocionaran trabajo no registrado”.
Escuchar/descargar la entrevista a Héctor Recalde, abogado laboralista, en diálogo con FM Chalet.
El reconocido abogado laboralista Héctor Recalde aseguró que la reforma laboral reglamentada por el gobierno alienta el trabajo no registrado y busca precarizar el empleo.
En declaraciones a la FM Chalet, criticó la figura del colaborador y la eliminación de las sanciones por tener trabajadores sin registrar. El ex diputado nacional aseguró que la reforma “perjudican al trabajador” ya que “es como si promocionaran trabajo no registrado”.
Además, es favorable al empleador porque “consienten que un empresario haya tenido los trabajados no registrados porque elimina cualquier multa y sanción”. Y agregó: “Hay un principio universal del derecho que dice no hay obligación sin sanción. Por ejemplo, el Código Penal no aconseja no cometer un homicidio. Dice, el que mata a una persona tiene una pena de 8 a 25 años. Bueno, acá eliminan las multas por empleo no registrado, por ejemplo”.
Recalde cuestionó que la reforma laboral cuente con “una especie de deslaboralización de la relación laboral entre los empresarios y trabajadores”, que queda al descubierto con la figura del colaborador. “Parece que el colaborador trabajará graciosamente para un empresario, que no es un trabajador de relación de dependencia, sino que colabora”, indicó.
“Uno colabora con una obra benéfica, haciendo alguna acción social, pero cuando trabaja es en relación de dependencia, pero además este mismo colaborador puede nombrar hasta tres colaboradores más, con lo que amplían la figura de esta en terminaciones que no tienen sentido común”, añadió.
El abogado laboralista opinó que con la ampliación del período de prueba de tres meses a un año se busca precarizar el empleo. “Durante este lapso, si consideran que no, los despide y no paga indemnización. Acá se extiende el periodo de prueba a seis meses, ocho meses y hasta un año en algunas circunstancias”.
Por último, comentó: “Si un patrón necesita un año para saber si el trabajador se adapta o no a la empresa, al que hay que despedir es al patrón”.