Lunes 09 de Septiembre del 2024 - Nacionales

Límite al acceso a la información: “Va contra la ley y los estándares internacionales”

“Su contenido es problemático en muchos aspectos”, afirmó Margatira Troviato, responsable del Área de Litigio y Defensa Legal del CELS, en diálogo con FM Tinkunaco.

La abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Margarita Troviato, aseguró que el DNU de Javier Milei que modifica la Ley de Acceso a la Información Pública restringe derechos y va en contra de la norma sancionada en 2016 y de recomendaciones internacionales.

Su contenido es problemático en muchos aspectos”, afirmó la responsable del Área de Litigio y Defensa Legal del CELS, en diálogo con FM Tinkunaco.

Cambia lo que se entiende por información pública excluyendo determinadas informaciones que en el espíritu de la ley deberían estar sin dudas incluidas, como por ejemplo lo que tiene que ver con ‘datos privados’ de funcionarios, que ni siquiera sabemos bien a qué se refiere”, agregó.

El Decreto 780/24 cambia la reglamentación de la Ley 27.278 de Acceso a la Información Pública y facilita que determinados documentos e informaciones sobre la gestión de gobierno no se hagan públicos. Además, permite que funcionarios definan discrecionalmente si una información es pública o puede considerarse de su “vida privada”.

También modifica lo que se entiende por documento público “dejando por fuera del acceso a las cuestiones preparatorias, las deliberaciones internas, los papeles de trabajo que tengan que ver con decisiones que luego se toman”, explicó la especialista.

Para Troviato el DNU firmado por el presidente la semana pasada “invierte el principio general de buena fe que le cabe a los funcionarios a la hora de dar respuesta y rendir cuentas, poniendo la carga en quien lo solicita”. En esa línea, se habilita a que si un/a ciudadano/a realiza más de un pedido de acceso a la información pueda considerarse como “abuso del derecho”.

El decreto le pide a la agencia de acceso a la información pública que arme un registro de personas que solicitan más de una vez. “Si se considera abuso del derecho corresponde aplicar medidas, que tampoco sabemos bien cuáles son. Es decir, hay un conjunto de limitaciones muy fuertes que impone y terminan por atacar directamente la naturaleza de la ley”, cuestionó Margarita Troviato.

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