Fallo a favor de Telecom: “El precio será el que quieran poner las empresas que actúan como monopolios”
El responsable de Políticas Públicas de Comunicación del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO), Néstor Busso, criticó la decisión judicial que anula el decreto 690 que declaraba como servicios públicos esenciales a internet, telefonía celular y televisión por cable.
La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal, Cecilia De Negre, anuló el decreto que declaraba a internet, la telefonía celular y la televisión por cable como servicios públicos esenciales regulados por el Estado, haciendo lugar a una demanda de la empresa Telecom y sostuvo que ese tipo de regulaciones tiene que pasar por el Congreso.
El presidente Alberto Fernández firmó en agosto de 2020 el decreto 690/2020 que permitía al Estado argentino autorizar o no los aumentos de las empresas en el valor de sus servicios y además establecía una tarifa social. “Se establece que los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia. La autoridad de aplicación garantizará su efectiva disponibilidad”, anunciaba el DNU.
La demanda de Telecom contra el Poder Ejecutivo Nacional pedía la nulidad del decreto porque le impedía fijar en libertad los precios de sus servicios (celular, telefonía por cable e internet).
El responsable de Políticas Públicas de Comunicación del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO), Néstor Busso, criticó la decisión que privilegia los negocios empresarios por sobre el interés ciudadano. “Esa es la libertad para el poder económico y los perjudicados somos la mayoría que usamos los servicios de internet, telefonía, televisión por cable”, expresó en diálogo con el Informativo FARCO.
Por otro lado, recordó que el DNU “ya estaba suspendido por una medida cautelar que estaba en la Corte Suprema de Justicia”. Y señaló: “Los cajones de la Corte sirven para proteger y cuidar los intereses de los grandes grupos empresarios”.
La decisión judicial abre las puertas para que las empresas fijen los precios de los servicios sin ningún tipo de límite. “Soplan estos vientos de libertad para el poder económico y ahora estos servicios tendrán el precio que quieran poner las empresas que actúan en carácter de monopolios y oligopolios. Unos pocos empresarios que prestan este servicio sin opción para los usuarios de los servicios”, opinó Busso.
Aunque el decreto que declaró a las telecomunicaciones como servicios esenciales tuvo el aval del Congreso, la jueza argumentó que como les cambió las condiciones del negocio a las empresas debería haberse implementado mediante una ley.
También criticó los argumentos del fallo porque “no va a la cuestión del fondo, si corresponde o no que sea servicio público” , rememoró que el ex presidente Mauricio Macri modificó por DNU la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual. “El Poder Judicial no dijo nada” dijo Busso.
“Con esta cuestión sí dice eso por decreto no se puede hacer. Es decir, pudo modificar en aspectos sustanciales la ley, pero ahora el Poder Judicial no puede hacer esa declaración de servicio público por decreto”, añadió.
*Fotos: Dagna Faidutti / Radio Kermés.