Escuchá/Descargá el reporte de Cecilia Mársico desde Rauch.
Las mismas prohíben las fumigaciones a 50 metros del arroyo Chapaleofú y diversos estudios dan cuenta de residuos químicos en el curso de agua que es utilizado en temporada de verano como balneario público en Rauch y en la comunidad de Vela, partido de Tandil.
La primera presentación , una acción originaria de inconstitucionalidad para que se revisen las ordenanzas, tuvo como máximo argumento que en el verano niños y niñas utilizan los balnearios públicos y por este motivo, la semana pasada el procurador general bonaerense, Julio Conte Grand, se expidió y recomendó a la Corte dar lugar al pedido de los y las vecinas.
Esto motivó a la presentación de las últimas horas en la que se pide celeridad en el tratamiento ya que comienza una nueva temporada. El abogado a cargo de las presentaciones, Joaquín Benavidez explicó: «Lo que estamos pidiendo es que, por favor, se tomen medidas como para que la colonia de verano del Chapaleofú, la salud pública de la comunidad de Rauch y la comunidad de Tandil se vea lo menos impactada posible».
Además, planteó que nadie en su sano juicio puede considerar una buena práctica agrícola fumigar en cercanías de un curso de agua: «Habilitar fumigaciones a 30 o a 50 metros de agua donde, en el caso del Chapaleofú, tiene la particularidad de tener dos bañeríos emplazados. Bueno, eso nadie, en su sano juicio, puede considerar que es adecuado para garantizar la salud o que eso puede ser considerado una buena práctica agrícola».

