Miercoles 24 de Abril del 2019 - Neuquén

Fallo histórico: fueron absueltos integrantes de comunidad mapuche acusados de usurpación

Los seis integrantes de la comunidad mapuche Campo Maripe acusados de "usurpar” unas tierra en la zona de Añelo, corazón de Vaca Muerta.

Escuchar/Descargar el reporte de Marcelo Pascuccio, desde Neuquén

El juez de Garantías Gustavo Ravizzoli absolvió a los seis integrantes de la comunidad Campo Maripe que fueron acusados de usurpación por despojo y turbación de la posesión de un lote ubicado en la localidad de Añelo, en el corazón de Vaca Muerta (Neuquén).

La denuncia la habían hecho los empresarios Gilberto, Andrés y Pablo Vela quiénes dicen ser propietarios del lote. Los abogados de la comunidad aseguraron que los miembros de la comunidad Campo Maripe ejercen una posesión indígena, tradicional y colectiva del territorio.

En definitiva el juez afirmó que hay un proceso civil abierto y es ahí dónde se debe definir la posesión, por lo tanto no puede concluir a quien pertenece ese espacio. Agregó que debe aplicarse el principio de mínima intervención de derecho penal.

La Confederación Mapuche de Neuquén (CMN) festejó el fallo: “Volvemos a nuestro territorio a celebrar, a desahogar la tensión de este juicio, a seguir reafirmando nuestra posesión tradicional, actual y pública sobre la tierra que vio nacer a cada uno de los que fuimos juzgados en este infame juicio”. En el mismo comunicado consideraron como histórico el fallo ya que reconoce el derecho indígena y destacaron que la sentencia rompe “el blindaje jurídico” que protege a las petroleras en Vaca Muerta.

Según el abogado de la comunidad, Emanuel Guagliardo, el juez ha decidido absolver considerando que existe una vinculación con el territorio, filosófica, espiritual y material. «Es un fallo histórico sin lugar a dudas que resguarda los derechos de las comunidades indígenas, el juez ha decidido absolver a los imputados considerando que existe una vinculación con el territorio, filosófica, espiritual y material y esto le quita el elemento subjetivo del tipo penal que es el dolo de usurpar un terreno que no te pertenece».

En el caso de Campo Maripe, el estado provincial y nacional aún no completó el relevamiento territorial que exige la Ley 26.160, sancionada en 2006 y que establecía que en tres años debía relevarse todos los territorios indígenas.

«Ha quedado claro para el juez que la comunidad ha actuado permanentemente en resguardo de lo que considera que es su propiedad comunitaria indígena y a esto le ha sumado una serie de indicaciones relacionadas con el incumplimiento hasta el momento de las obligaciones estatales en materia de derechos humanos de pueblos indígenas lo que le acreditó la duda respecto si la comunidad había actuado de manera delictiva» expresó el letrado.

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