Jueves 18 de Junio del 2015 - Nacionales

El Ministerio de Salud presentó la guía de atención integral a las personas trans

Servirá para que hospitales, centros de salud y clínicas privadas de todo el país adapten sus prácticas a la ley de identidad de género. Lohana Berkins, integrante de la oficina de Identidad de Género y Orientacion Sexual del Consejo de la Magistratura, resaltó esta iniciativa.

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La directora de la oficina de Identidad de Genero y Orientacion Sexual del Observatorio de Género del Consejo de la Magistratura de Buenos Aires, Lohana Berkins, aseguró que es un hito clave para las personas trans. «Es un paso muy importante porque no estamos hablando de cualquier guía sino de una cuestión tan fundamental como es la salud. Se dio cumplimento en la reglamentación de este artículo y en la presentación de la ley al acceso a la salud integral; miles de compañeras que morían por casuas evitables ahora pueden ver al hospital como un lugar amigable y no una institución expulsiva», afirmó en diálogo con Informativo FARCO.

La presentación de esta guía de atención integral a las personas trans en la salud estuvo encabezada por el ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollán, junto a representandes de organizaciones que agrupan a personas trans. Lohana Berkins explicó a FARCO que la guía buscar orientar a los médicos y al resto del personal de hospitales públicos y privados: «los médicos y médicas recibidos no se han educado en estos tipos de cuestiones, los Estados no se hacían cargo de esto. Ahora se les dice (a los profesionales) ´esto no es ninguna patología, ninguna enfermedad, su paciente no es un demonio´ y se sugieren modos de abordaje». También expresó que  «se empiezan a cambiar los paradigmas que la sociedad tiene sobre nosotras».

El documento establece que “todas las personas mayores de edad pueden acceder –sin requerir autorización judicial o administrativa– a las intervenciones quirúrgicas totales y parciales que ayuden a adecuar el cuerpo a la identidad de género autopercibida”. Del mismo modo habilita la realización de “tratamientos integrales hormonales”. El artículo 11 de la reglamentación de la Ley de Identidad de Género establece que todas estas prestaciones “deben ser incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO)” y que “los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados deben incorporarlas a sus coberturas”.

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